TCP establece precedente de observancia obligatoria sobre trámite de información inexacta en los procesos de apelación.

El Acuerdo de Sala Plena N.° 004-2026/TCP establece el criterio aplicable cuando, durante la tramitación de un recurso de apelación, se advierte información inexacta en una oferta o en los documentos presentados para el perfeccionamiento del contrato.

TCP establece precedente de observancia obligatoria sobre trámite de información inexacta en los procesos de apelación.

El Tribunal determinó que corresponde disponer la no admisión, descalificación o pérdida de la buena pro, según corresponda, y ordenar la apertura del procedimiento administrativo sancionador, sin que sea necesario determinar, en esta etapa, si la información inexacta generó un beneficio o ventaja concreta.

La evaluación de dicho beneficio, junto con los demás elementos de la infracción, corresponde al procedimiento administrativo sancionador.

📄 Consulta el precedente completo aquí: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10853830/8757869-acuerdo-de-sala-plena-4-2026-tcp-26-10-2024.pdf?v=1793039429

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